A propósito de la polémica montada por la presencia de crucifijos en las aulas de colegios públicos, he leído durante los últimos días tres reflexiones que aportan artillería dialéctica para hacer frente a la ofensiva de la Yihad católica.
Óscar Celador enumera las razones que impiden la presencia de símbolos religiosos y recuerda cuáles son los polvos que han traído estos lodos:
El reproche constitucional a la exhibición de símbolos religiosos en los espacios tutelados por los poderes públicos es insalvable, pues su presencia, por una parte, crea confusión entre lo público y lo religioso, al trasladar a la ciudadanía la imagen de un Estado identificado con ellos a despecho de la laicidad; y, por otra, introduce un factor de división en un contexto que debe ser neutral, porque está pensado para el disfrute de todos los ciudadanos con independencia de su adhesión o no al símbolo.
En el caso de las escuelas públicas, los motivos que impiden la presencia de símbolos religiosos son más numerosos, pues, a los ya señalados, hay que añadir que se vulneran los derechos de los padres que envían a sus hijos a estas escuelas para recibir una educación laica; asimismo, los receptores del mensaje que transmite el símbolo son alumnos que, en muchos casos, carecen de la madurez y la capacidad de discernimiento necesarias para diferenciar entre lo que es un adorno, un símbolo religioso o un símbolo cultural, por lo que su libertad de conciencia se ve lesionada. Los únicos símbolos que pueden exhibirse en estos centros escolares son los constitucionales, ya que simbolizan valores comunes a todos que no pueden herir sensibilidades o crear divisiones entre los miembros de la comunidad escolar.
La exhibición de símbolos religiosos en las escuelas públicas es una de las reminiscencias que nos ha legado nuestro pasado confesional católico, cuando era obligatorio que en los centros escolares públicos estuvieran el crucifijo y el retrato del Caudillo y que los alumnos estudiasen religión católica y los Principios del movimiento.
David Giménez Gluck explica por qué no se puede estar al mismo tiempo a favor de la Constitución y de los crucifijos en las aulas públicas:
La democracia constitucional consiste en el Gobierno de la mayoría combinado con el establecimiento de las garantías precisas para proteger los derechos de las minorías. Por eso existen derechos fundamentales y por eso la Constitución estableció la neutralidad y laicidad del Estado, para permitir que todos los españoles, con independencia de que sus creencias religiosas sean o no mayoritarias, o de que no tengan ninguna, sientan que el Estado permanece neutral y no se identifica con una religión determinada.
La Constitución española podría haber optado por un sistema de Estado confesional católico. Otros países optaron por esa fórmula, pero no, optó por la fórmula del Estado laico y aconfesional que coopera, sí, con las confesiones religiosas, que no permanece ajeno al fenómeno religioso, y de ahí los acuerdos con las distintas Iglesias que tantos beneficios suponen para la Iglesia Católica, pero que en absoluto permite, como ha señalado la Justicia, que un ciudadano español no católico en un colegio público deba tolerar que las clases vengan presididas por un símbolo religioso, por mucho que “a la mayoría no le moleste”.
Por último, Arturo Burton desmonta la tesis de que cada consejo escolar debe decidir sobre los crucifijos. Una tesis, por cierto, defendida en una desafortunada declaración inicial por la ministra de Educación, Mercedes Cabrera, aunque rectificó su metedura de pata de forma casi inmediata.
No puede dejarse en manos de los individuos más débiles la protección de sus propios derechos. No puede dejarse en manos de los consejos de centros la decisión de si se cumple la Constitución o no. El Estado español es aconfesional y la enseñanza pública también. Son las instituciones las que tienen que velar por el cumplimiento del artículo 16 del texto constitucional.
Obligar a que cada padre o madre de familia tenga que ir a juicio para quitar los símbolos religiosos de un colegio público es un fraude a la Constitución y una vulneración de la libertad de pensamiento y religión de muchos ciudadanos.